¿Cómo ser socio?

Podrán ser socios de La Cooperativa:

A. Los trabajadores activos del Ministerio Público, pertenecientes a cualquier régimen laboral; así como el personal jubilado, cesante y ex trabajadores que voluntariamente lo deseen, quienes se inscriban con una cuota de ingreso mínimo, el mismo que será aprobado por el Consejo de Administración según corresponda.

B. Asimismo, serán admitidos como socios las personas naturales y jurídicas, previa aprobación del Consejo de Administración, quedando enlazados por un vínculo que genere derechos y obligaciones reguladas por el presente Estatuto, reglamentos internos y la ley de la materia.

C. Del mismo modo, serán admitidos, los padres, hermanos, sobrinos, cónyuges e hijos de los socios fundadores; en caso de ser menores de edad, no tendrán voz ni voto, debiendo ser administradas sus cuentas por sus apoderados, quienes se inscribirán con una cuota de ingreso mínimo aprobado por el Consejo de Administración según corresponda.